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CORONAVIRUS: EL PODER JUDICIAL DE ENTRE RÍOS ENTRA EN RECESO

El Superior Tribunal de Entre Ríos, en Acuerdo Especial, resolvió declarar receso judicial extraordinario por razones sanitarias, a partir de este lunes 16 hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive.

La medida se tomó “a raíz de la situación epidemiológica relacionada con el coronavirus (COVID 19) y en el marco de las medidas preventivas adoptadas por el STJ. Se garantiza la prestación de servicio de justicia y la Mesa de Información Permanente permanecerá abierta”.

Entre las medidas adoptadas se dispone que el plan de contingencias tendrá el tratamiento de un receso judicial extraordinario por razones sanitarias, “el que se establecen sin perjuicio de la sujeción de todo el personal disponible a las necesidades del servicio y a la eventualidad de su convocatoria, por lo que no deben ausentarse de sus lugares de residencia. Se entiende como necesidades del servicio todos aquellos servicios esenciales dispuestos por el Superior Tribunal de Justicia y los Ministerios Públicos para el sistema judicial”.

La medida también dispone “la suspensión de plazos procesales y administrativos con prestación mínima de servicio, quedando en salvaguarda toda actuación judicial que, de no practicarse pueda causar perjuicios irreparables, previa habilitación del feriado extraordinario; medidas cautelares u otras actuaciones inaplazables como las medidas de protección de personas; los servicios de guardia; las actuaciones con detenidos o presos, órdenes de protección y cualquier medida cautelar en materia de violencia sobre la mujer y niños, niñas y adolescentes”.

El Superior Tribunal de Justicia durante este receso extraordinario quedará integrado por Martin Francisco Carbonell -en calidad de presidente- Susana E. Medina de Rizzo y Miguel Ángel Giorgio, los que dictarán resolución válida con mayoría absoluta.

Asimismo se dispuso que presten servicio aquellos agentes que fueron designados para cumplir funciones en los últimos dieciséis días de la Feria Judicial enero 2020, salvo aquellas personas que se encuentren en situación de riesgo, frete al COVID-19.

DRU

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