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DESDE ATER PRECISARON LAS MEDIDAS DE ALIVIO Y BENEFICIOS FISCALES

El titular de ATER, Germán Grané, enumeró las medidas de alivio fiscal establecidas debido a los efectos negativos que viene generando el coronavirus. Lo hizo durante la conferencia de prensa virtual habitual que diariamente se emite desde la Sala de Periodistas de la Casa de Gobierno y difunden los medios de comunicación. En este marco, dio cuenta tanto de las medidas que alcanzan a toda la población, como la condonación de multas e intereses y la prórroga de vencimientos en impuestos, como las de carácter específicos que se tomaron teniendo en cuenta a sectores más perjudicados por la cuarentena.

Por otro lado, dijo que se mantienen en contacto permanente con las entidades que representan a cada actividad, y que los equipos de ATER, junto a los de los Ministerios de Economía y de Producción, analizan a diario la situación.

Grané, comentó que, sin perjuicio de la caída de la recaudación por la menor actividad económica debido al coronavirus, “el gobernador ha instruido a los ministros de Economía y de Producción la adopción de medidas de índole de alivio fiscal o beneficio fiscal”.

Y apuntó: “Fue así que nos pusimos a trabajar activamente con distintos equipos técnicos para poder llegar con medidas que signifiquen realmente un alivio en un contexto complejo y a pesar de las dificultades que significa la merma en la recaudación”.

Detalló que se dispusieron importantes medidas, la mayoría de alcance general para todos los contribuyentes y algunas específicas y particulares.

INGRESOS BRUTOS

Destacó en primer término que para el Impuesto a los Ingresos Brutos se ha dispuesto en el régimen simplificado dos aspectos importantes. “Por un lado, se dispuso que para abril las categorías A y B de régimen simplificado de Ingresos Brutos, por decisión del gobernador, van a tributar a importe cero. Y para el resto de los contribuyentes de régimen simplificado, que alcanza a los contribuyentes de Ingresos Brutos de régimen general, se mantienen los valores que venían tributando desde el año 2019. Se dispuso la no entrada en vigencia del decreto 266 y 267 que estaban previstos para este año, por lo que siguen tributando con los valores fijados en 2018 y que pagaron durante todo 2019. Eso comprende a todo el régimen simplificado y todas las categorías”, detalló Grané.

Precisó que “esa entrada en vigencia se pospuso por 60 días, es decir que a partir de junio van a estar vigentes los valores previstos para el año 2020, y lo mismo sucedió con las tasas administrativas retributivas de servicios porque el incremento que estaba previsto para este año se pospuso también por 60 días y entonces a partir de junio va a sucederse ese incremento”.

CONDONACIÓN

Por otro lado comentó que también se dispuso que a todas las obligaciones tributarias que vencían entre el 17 y el 31 de marzo se les va a condonar las deudas por multas e intereses, por lo que se van a considerar cumplidas en tiempo y forma hasta el día 30 de junio.

“Esto significa una comprensión como decíamos de lo que fueron las medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio que impactó en que muchos contribuyentes se vieron sorprendidos en esa situación, razón por la cual el gobernador interpretó la importancia de poder llegar con una medida de alivio y por esa razón es que ha condonado todas las multas e intereses que se generaron en los vencimiento de todos los tributos, ya sea de ingresos brutos, de automotor, de ley 4035, agente de retención de percepción, todos los tributos que vencían entre el 17 y el 31 de marzo han sido condonadas sus multas e intereses”, sostuvo Grané.

VENCIMIENTOS Y PRÓRROGAS

Manifestó que se han tomado decisiones importantes que tienen impacto en el plano material como en el formal. Explicó que el plano material refiere al pago de los tributos y en lo formal a muchos de los procedimientos que hay que hacer ante la Administradora Tributaria. En ese sentido, señaló: “Hemos postergado el vencimiento del impuesto inmobiliario rural, estamos hablando de 130 mil partidas, cuyo vencimiento estaba previsto para esta primer semana de abril y por decisión del gobernador se ha resulto posponerlo, por ende ese tributo que vencía en este tiempo ha sido diferido para próximo tiempo, seguramente para después de mayo”.

Con respecto a otras definiciones de alcance particular y alcance general, el titular de ATER sostuvo que también se han prorrogado la vigencia de los certificados de exención, tanto para el impuesto inmobiliario como para el impuesto automotor. Dijo que eso significa un beneficio y un alivio en términos económicos y esos contribuyentes van a seguir beneficiados por la exención sin necesidad de hacer el trámite.
Especificó que en el caso del impuesto automotor la prorroga es hasta el 31 de julio y en el caso del impuesto inmobiliario la prorroga es hasta el 31 de agosto. “Acá se ven comprendidos muchos jubilados que tienen una exención prevista y la decisión ha sido no solo no afectarlos en lo económico, sino también que no tengan que salir de sus casas a hacer trámites en búsqueda de un beneficio. Así que esa es una medida que llega a un sector particularizado, como también hay otras que son de alcance más general”.

CERTIFICADOS

En el marco de las actividades particularizadas, explicó que se ha extendido la vigencia de la presentación de los certificados de industria en la Administradora Tributaria. “Se trata de un beneficio de alícuotas reducidas o exenciones que están previstos en el código tributario y que una de las exigencias es la presentación del certificado de industria. Muchos de esos certificados vencían en mayo, y nosotros hemos prorrogado hasta el 31 de julio la posibilidad de cumplir con esa obligación de manera tal que los sectores industriales que hoy están gozando de ese beneficio no se vean afectados en la exención o la alícuota reducida y por eso se pospuso la vigencia de esa exención y la no obligatoriedad de presentar el trámite”, explicó.

RÉGIMEN SIMPLIFICADO

Grané agregó también que como medida de alcance general, se suspendieron hasta el 30 de abril todas las recategorizaciones y exclusiones de oficio del Régimen Simplificado. «Esta es una medida que abarca a muchos contribuyentes y que cotidianamente dentro de los procesos que corre la Administradora en concomitancia con la AFIP, se producen recategorizaciones de oficio y exclusiones del régimen. En un marco de comprensión de esta situación, hemos suspendido por 30 días dichos procesos», expresó el titular de ATER y mencionó también la suspensión por 90 días el inicio de nuevas ejecuciones fiscales y la prosecución por 60 días de los juicios de ejecución.

CONTACTOS Y MONITOREO

Destacó el contacto permanente con los colegios de profesionales, las cámaras empresariales y todos los actores vinculados a la actividad económica, «de manera tal de poder interpretar cuáles son sus necesidades. De la misma manera que los hacen los ministros de Economía y Producción y el propio gobernador. Así, venimos monitoreando de manera permanente cuáles con las principales dificultades y tratar, en lo posible, desde la ATER llegar con beneficios y alivios a los vecinos, a pesar del impacto que esto tiene en la recaudación», concluyó Grané

Prensa de la provincia.

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