La sentencia, emitida el pasado 21 de diciembre, fue el resultado de un recurso de amparo presentado por un hombre de Rosario del Tala que solicitaba la cobertura por parte de su obra social del tratamiento y suministro de este producto.
El 12 de marzo de 2021, la Jueza de Garantías de Rosario del Tala, Silvina G. Cabrera, falló a favor del amparo presentado por Ariel Facundo Almirón en representación de su hijo menor de edad. En su fallo, condenó al IOSPER a proporcionar de manera inmediata, total, gratuita e integral el medicamento OSPOLOT (Sultiame 200 mg.) y el tratamiento compasivo con aceite de cannabis medicinal, comercializado como Aphiria RIDEAU CBD 25:1.
Posteriormente, el 10 de abril de 2021, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos resolvió, por mayoría, dar lugar parcialmente al recurso de apelación presentado por la Obra Social. En su fallo, se revocó la parte que ordenaba la cobertura del tratamiento compasivo con aceite de cannabis medicinal, pero se confirmó la condena en relación a la cobertura integral del medicamento Ospolot.
De este modo, la Corte Suprema ha ratificado la obligación del IOSPER de cubrir en su totalidad el costo del aceite de cannabis, brindando un respaldo legal a aquellos pacientes que requieran este tratamiento y estén afiliados a dicha obra social en la provincia de Entre Ríos.