Los micros de larga distancia ahora deberán registrar el equipaje a nombre de los pasajeros

El gobierno de Javier Milei dispuso este martes que se avance en la implementación de un sistema que permita la identificación y trazabilidad de equipajes y encomiendas en los micros de larga distancia. Así quedó plasmado en la Resolución 4/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del secretario de Transporte de la Nación, Luis Pierrini.

Allí, el gobierno libertario estableció que cada empresa podrán definir libremente las características técnicas y de diseño de los dispositivos utilizados para vincular el equipaje con el pasajero y su trazabilidad, siempre que se garantice la seguridad e inviolabilidad del sistema.

De esta manera se dejó sin efecto el sistema anterior de control, basado en marbetes y fajas físicas con características técnicas predeterminadas.

Ahora, la empresas operadoras de transporte automotor de pasajeros interjurisdiccionales tendrán 60 días contados a partir de hoy para adoptar mecanismos documentales o tecnológicos verificables que aseguren la trazabilidad del equipaje.

En tanto la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) será la responsable de fiscalizar en sus inspecciones la efectiva correspondencia entre equipajes y pasajeros, priorizando el control sobre la seguridad del dispositivo elegido más allá de las especificaciones técnicas.

Los mecanismos admitidos para cumplir con la nueva normativa incluyen códigos impresos en el pasaje, códigos QR o electrónicos, registros digitales en sistemas de ticketing, etiquetas impresas por la empresa o cualquier otro sistema que garantice la trazabilidad.

Para los servicios interjurisdiccionales, los dispositivos elegidos deberán permitir interoperabilidad y armonización con sistemas o dispositivos utilizados en la región y con los sistemas de servicios internacionales de países limítrofes.

Además se aclaró que no estará permitido el ingreso de equipajes sin identificación al micro, sin derecho a compensación para el usuario. En tanto las encomiendas podrán identificarse con un código o registro digital, sin obligación de usar fajas físicas.

Los transportistas deberán además mantener un sistema para conservar y rendir datos que facilite la gestión de reclamos y la comprobación del despacho de equipajes o encomiendas.

En caso de pérdida total, parcial o deterioro del equipaje, se aplicarán las indemnizaciones previstas por la resolución 47/1995 o la normativa que la reemplace.

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