El Gobierno entendió que no corresponde que se les liquide a los músicos que integran la Orquesta Sinfónica de Entre Ríos un adicional salarial creado en 2022 y que alcanza a los trabajadores de la Secretaría de Cultura, organismo del cual depende la Orquesta.
Los integrantes de la Orquesta Sinfónica de Entre Ríos reclamaron ser incluidos en los alcances del decreto Nº 3.918, del año 2022, que estableció “una bonificación especial de carácter remunerativa no bonificable para el personal de planta permanente que desempeña funciones en la Secretaría de Cultura, consistente en una suma mensual resultante de aplicar un coeficiente al sueldo básico previsto para el cargo nivel 33”.
Ese adicional se dispuso en función de la “intensa actividad que debe desarrollar la Secretaría de Cultura en cumplimiento de sus funciones, con horarios atípicos, feriados, requieren planificación, coordinación, organización y celeridad en el tratamiento de las mismas”.
Los integrantes de la Sinfónica pidieron ser incluidos en los alcances de ese decreto al considerar que los alcanzan las motivaciones que llevaron a las autoridades a crear ese adicional. En los fundamentos de la medida, se señala que “los horarios de las distintas reparticiones están en relación a las actividades, son discontinuas y generalmente en horarios nocturnos y fines de semana”.
A través del decreto Nº 1.220, firmado el lunes 9 por el gobernador Rogelio Frigerio y el ministro de Hacienda y Finanzas, Fabián Boleas, se resolvió denegar «la liquidación del adicional – código 233- establecido por el decreto Nº 3.918/22 GOB, solicitado por los agentes de la Orquesta Sinfónica de Entre Ríos nucleados en la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN)».
Al fundamentar la decisión, y en base a informes técnicos de los distintos organismos, el Poder Ejecutivo señaló que «no puede soslayarse que lo pretendido por la norma (el decreto 3.918) es compensar a aquellos agentes que desarrollen actividades para la Administración Pública por encima del horario laboral previsto en la normativa correspondiente, asistiendo a sus lugares de trabajo desde las 7 de la mañana y hasta las 13 o 14, de lunes a viernes, según la categoría que revistan, y adicionalmente concurren fuera de ese horario habitual a eventos propios de la Secretaría de Cultura que se desarrollan a la tarde o la noche y también en los fines de semana. Es decir se puede entender que se premia
a los agentes que, además de
prestar sus servicios en los días y horas estipuladas, lo hacen también fuera de los mismos».